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Enfrentar la violencia

¿Cómo se ha enfrentado la violencia contra las mujeres en Guatemala?

La violencia contra las mujeres es:

«Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a las mujeres, tanto en el ámbito público como en el privado».

Artículo 1. Convención de Belem do Pará

Hay esperanza ¿sabes? Es importante que a nuestra edad conozcamos qué es la violencia contra las mujeres para dejar de reproducirla, y también es importante saber qué podemos hacer cuando suceda.

Es necesario saber que personas de otros países, han trabajado para que la violencia contras las mujeres deje de existir, y han creado convenios y acuerdos:

En 1994 la Organización de Estados Americanos aprobó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Convención de Belém do Pará. Guatemala aceptó este compromiso. Eso significa que como país debemos trabajar en la prevención de la violencia contra las mujeres.

Estos esfuerzos internacionales, permitieron que, en Guatemala, en el año 2008, se creara la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer. En esta ley se explican las diferentes formas de violencia que les suceden a las mujeres, por el hecho de ser mujeres, y dicta que las personas que violentan, deben ir a la cárcel, porque están cometiendo delitos.

Tipos de violencia contras las mujeres

La violencia física: Agresiones en donde se utiliza la fuerza del cuerpo, directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a una mujer.

Ejemplos: golpes, mutilaciones, quemaduras, heridas, etc.

La violencia sexual: Acciones de violencia física o psicológica, cuya finalidad es vulnerar la libertad sexual de la mujer.

Ejemplos: violación, agresión sexual, acoso sexual, exhibicionismo sexual, trata y tráfico de personas con fines sexuales, prostitución forzada, embarazos forzados, etc.

La violencia psicológica: Las acciones que pueden producir daño o sufrimiento, psicológico o emocional a una mujer, con el objeto de dañar su autoestima o controlarla. Acciones que pueden ocasionar debilitamiento psicológico y depresión.

Ejemplos: insultos, gritos, humillaciones, amenazas, celos, chantajes, críticas constantes, ignorar, minimizar, que controlen tus redes sociales y celular, etc.

La violencia económica: Todas las acciones u omisiones que repercuten en el uso, goce, disponibilidad o accesibilidad de una mujer a los bienes materiales, la retención de instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos o recursos económicos.

Ejemplos: Restricción en el uso y disposición de bienes o recursos económicos, ocultación del dinero, pago de salarios inferiores por el hecho de ser mujer, etc.